Comunicación al Ministerio del Interior
El RD 933/2021 obliga a comunicar cada alquiler. Es la obligación que más tiempo consume y menos se ve, y aquí no consume ninguno.
Cumplimiento del RD 933/2021
Cada alquiler tiene que comunicarse al Ministerio del Interior con los datos del conductor y del vehículo. El sistema los recoge del contrato que ya rellenó el mostrador, los manda y guarda el acuse, así que en cualquier momento se puede demostrar qué se comunicó y cuándo.
Nadie tiene que acordarse de nada. Los contratos pendientes se envían solos y el resultado se recoge también solo. Si el Ministerio rechaza uno, aparece en la lista con lo que le falta, se corrige y se vuelve a mandar.
Lo que falta por comunicar, en una lista
Los contratos pendientes, con los que están listos para enviar separados de los que les falta un dato, y el dato que falta escrito al lado.
Lo que eso significa en la oficina
Preguntas sobre el RD 933/2021
¿Qué obliga el RD 933/2021 a una empresa de alquiler de vehículos?
A comunicar al Ministerio del Interior los datos del alquiler: quién conduce, qué vehículo y cuándo. Es una obligación de registro documental que recae sobre la empresa, no sobre el cliente.
¿Hay que hacer algo a mano cada día?
Con este sistema, no. Los contratos pendientes se envían solos y el resultado se recoge también solo, así que nadie entra en la sede electrónica ni lleva una lista aparte.
¿Y si al contrato le falta un dato que el Ministerio exige?
El propio contrato lo avisa donde se está tecleando, antes de intentar el envío, y dice qué campo falta.
¿Se puede demostrar que un alquiler se comunicó?
Sí. Cada contrato guarda el acuse de su comunicación, así que la respuesta a una inspección está en la pantalla de ese alquiler.